miércoles, 12 de septiembre de 2007

Montaña:¿hay rescates injustificados? ¿Se deben cobrar?

Comentarios oídos:
"Se ha torcido un tobillo y por esa tontería han avisado a un helicóptero para que venga a evacuarlo"
"Iba poco abrigado cuando le sorprendió un cambio de tiempo y hubo que sacarlo de la montaña. Habría que cobrarle el gasto que ha ocasionado su imprudencia"
"Estaba cansado y quería que lo fuesen a rescatar. Que listo".
"A esos que se dedican a una actividad de ocio y les ocurre un accidente habría que cobrarles el rescate"
"En otros paises cobran por rescates en montaña. Aqui deberíamos hacer igual"
A estos comentarios les han prestado oídos algunas administraciones. E incluso, sin informes previos para oír todas las voces, se ha legislado para contemplar cobros por rescates , bien por ser supuestamente injustificada la causa del rescate, bien porque ha habido un accidente achacable a la imprudencia del accidentado.
Así, a bote pronto, tal vez os parece lógico que se haga.
Pero vamos por partes a ver si todo es así de simple:
1º Los países que cobran esos servicios no disponen de servicio público de rescate con helicóptero. Tanto los guias de montaña como los helicópteros de rescate pertenecen a empresas privadas, y por tanto no cobran de los presupuestos generales del estado.
En nuestro caso sí disponemos de dicho servicio en varias comunidades autónomas. Luego, si un ciudadano ya paga con sus impuestos un servicio público, salvo infracción flagrante, no parece lógico que se le cobre por dicho servicio dos veces. Por agravio comparativo podemos decir que los accidentes de automóviles se deben casi todos a la imprudencia de al menos una de las partes, y no por ello se deja de atender a los implicados, sin coste adicional. Los incendios e intervenciones en general de bomberos y servicios de urgencia (policía incluida) pueden tener su origen en imprudencias leves. Y sin embargo no pesa sobre el administrado la posibilidad de un cobro del servicio, salvo imprudencias punibles y conductas dolosas o culposas que merezcan sanción judicial o administrativa.
2º Un accidente de montaña por muy tonto que sea, se convierte en un problema serio cuando el punto mas próximo, desde el que se te puede recoger para ser atendido o trasladado a un hospital, se encuentra a horas de camino. Una simple torcedura de tobillo te impide andar y obliga a un equipo de al menos cuatro hombres a transportarte a peso hasta un lugar viable para la recogida o atención adecuada.
3º En personas con escasa preparación física, es frecuente llegar casi al límite de su resistencia en la excursión de ida hacia el objetivo que se halla fijado ese día. Pero claro, luego hay que regresar y hacerlo dentro de las horas de luz que le permitan llegar con seguridad al refugio o aparcamiento de su vehículo. No estáis en el centro de una ciudad o un vecindario donde podéis coger un taxi o medio de transporte, o simplemente meteros en el primer restaurante que veáis para reponer fuerzas o interrumpir el ejercicio cuando os venga en gana. Hay que llegar a sitio seguro con fuerzas o sin ellas.
Con tal merma de facultades y sólo dependiendo de vuestro propio esfuerzo, hay que seguir andando. Y surgen los problemas: se ralentiza la marcha porque ya no puedes con tu alma y la hora calculada para llegar a un sitio seguro se retrasa cada vez mas, se producen confusiones que llevan al extravío, prisas por coger atajos y asumir riesgos desconocidos, y sobre todo, la negra perspectiva de un vivac (pernoctar) en medio de la montaña, que representa una noche a la intemperie con el frió y las malas condiciones meteorológicas. Si a esto añadimos que hay personas que nos acompañan y que se ven obligadas a no dejarte solo o que dependen incluso de ti, lo mas prudente parecería avisar a alguien que te solucione semejante urgencia. Y no se puede despachar con un simple "Pues vaya una urgencia. Total por estar cansado"
Voy a continuar con éste tema abriendo una nueva entrada porque se puede hacer demasiado largo y eso ya sabeis que echa para atras al lector.



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